Compliance: qué es y cuáles son las tendencias actuales
APUNTES DE COMPLIANCE - 2
Compliance: qué es y cuáles son las tendencias actuales
Compliance es un concepto que ha entrado en la lengua española en años recientes, particularmente en la literatura de gestión empresarial y en el derecho corporativo. El término se usa para referirnos a la función organizacional encargada del conjunto de prácticas que ayudan a eliminar (idealmente) o prevenir, detectar y gestionar los riesgos de incumplimiento de las normas y regulaciones que afectan la vida de las organizaciones. Se reconoce que incumplir con las normas obligatorias y con aquellos
Un programa de compliance
está compuesto por los sistemas y procedimientos para asegurarse que la
organización, y quienes en ella trabajan, cumplen con los requerimientos de las
leyes, así como de sus políticas internas y los compromisos éticamente adoptados.
En México, el término de compliance
ha tomado naturalización en la literatura corporativa en los últimos años. A
pesar de que su origen anglosajón se remonta a los años ochenta, esta función ha
evolucionado con una gran rapidez en
los últimos años en nuestro país. El acelerado
incremento de la cantidad, complejidad y especificidad de los marcos normativos
internacionales, nacionales y sectoriales en los que operan las organizaciones ha
resultado en un énfasis en el concepto de ´cumplimiento´ tanto de las normas
obligatorias como de aquellas que han sido voluntariamente aceptadas.
Sumado a esto, la severidad de
no cumplir con el marco regulatorio resulta hoy en día en graves consecuencias
que conllevan sanciones económicas, administrativas, penales y que, en muchos
casos, ponen en riesgo la continuidad de las organizaciones. Además, los
inversionistas gradualmente están siendo mucho más cautelosos y exigen
programas efectivos de compliance antes de comprometer su patrimonio y
su responsabilidad personal en determinados negocios.
En ese sentido, contar con un
programa de compliance es hoy en día un elemento central, y ya no un accesorio,
en la vida de las organizaciones, con independencia de que sean públicas o
privadas.
Adicionalmente, las
autoridades alrededor del mundo han ido estableciendo parámetros más exigentes
de lo que deben ser los programas de compliance, y podemos distinguir al
menos tres grandes tendencias en este momento: la primera es la exigencia de
que un verdadero programa de compliance es mucho más que cumplir con las
formalidades establecidas en el marco normativo y en la autoregulación interna,
la verdadera prueba de un sistema de compliance es que resulte en una
cultura ética organizacional, en una ´manera de hacer las cosas´; la segunda
gran tendencia es que los sistemas de compliance están transitando de un
cumplimiento regulatorio a un enfoque ético en el actuar de la organización y
sus integrantes, que garantice una buena conducta e imagen corporativa,
idealmente a la altura de las mejores prácticas internacionales que sean
aplicables al sector de negocios de la organización. Y la tercera gran
tendencia es el papel de las autoridades en establecer los criterios de lo que
constituye un programa aceptable de compliance que pueda ser prueba
fehaciente de good corporate citizenship y admisible en caso de litigios
como evidencia de que la corporación implementa un programa que a) está bien
diseñado, b) que se implementa de manera efectiva y c) que funciona en la
práctica. En abril del año 2019, el Department of Justice de los Estados
Unidos de América emitió un documento guía de actualización que establece los
criterios para evaluar los programas corporativos de compliance. La
semana pasada la Serious Fraud Office del Reino Unido publicó también
los criterios que deben seguir las autoridades británicas para evaluar la
efectividad de los programas de compliance.
Estos lineamientos dejan muy
claro el esfuerzo de las autoridades en establecer criterios de objetividad
para evaluar la existencia y naturaleza de los programas de compliance,
y lo que queda como evidencia es que no se trata sólo de tener un programa de compliance
´en el papel´ sino que se debe demostrar que el programa es efectivo y
proporcional a los riesgos de la corporación y que tiene el potencial práctico
para resultar en un cambio de cultura organizacional.
Los sistemas de compliance
más que un documento, en realidad son un
conjunto articulado de prácticas organizacionales que requieren ser efectivas
para mitigar los riesgos de incumplimiento, son sistemas específicos hechos a
la medida de la organización, es decir tienen que ser proporcionales y
adecuados al riesgo organizacional y a las circunstancias de cada negocio y
actividad de la empresa.
Evidentemente deben estar
basados en un análisis integral de riesgos y ser regularmente
monitoreados y
revisados para adaptarlos a las necesidades cambiantes de la organización.
Abel Rivera
CCRC Auditoría y Control Interno, S.C.
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